
Marco Legal
Alimentación escolar un derecho constitucional
El programa de provisión de alimentos escolares es parte de los principios básicos establecidos en la Constitución de la República del Ecuador que se mencionan a continuación:
“Art. 3.- Son deberes primordiales del Estado:
1.- Garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales, en particular la educación, la salud, la alimentación, la seguridad social y el agua para sus habitantes.
Art. 32.- La salud es un derecho que garantiza el Estado, cuya realización se vincula al ejercicio de otros derechos, entre ellos el derecho al agua, la alimentación, la educación, la cultura física, el trabajo, la seguridad social, los ambientes sanos y otros que sustentan el buen vivir.
Art. 45.-…Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la integridad física y psíquica; a su identidad, nombre y ciudadanía; a la salud integral y nutrición; a la educación y cultura, al deporte y recreación;…”
Ver instructivo para regular el procedimiento SICAE